El Proyecto Curricular de Centro incluirá, dentro de los Proyectos Curriculares de etapa, el Plan de
Orientación y Acción Tutorial, asignándole al
Departamento de Orientación la función de elaborar una propuesta, de acuerdo
con las directrices establecidas por el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica
y en colaboración con el profesorado que ostente las tutorías.
La presente Orden tiene por objeto la regulación de determinados aspectos referidos al Plan de Orientación y Acción Tutorial de los Institutos de
Educación Secundaria dependientes de la Consejería de Educación de la
Junta de Andalucía.
El Plan de Orientación y Acción Tutorial constituye el
instrumento pedagógico-didáctico que
articula a medio y largo plazo el conjunto de actuaciones del equipo docente,
de un centro educativo.
El Plan de Orientación y Acción Tutorial de los Institutos
de Educación Secundaria incluir los
siguientes elementos:
a)
La acción tutorial.
- Es el conjunto de intervenciones que se
desarrollan con el alumnado, con las familias y con el equipo educativo de cada
grupo tendentes a:
1. Favorecer y mejorar la convivencia en el
grupo, el desarrollo personal y la integración y participación del alumnado en
la vida del Instituto.
2. Realizar el seguimiento personalizado de su
proceso de aprendizaje, haciendo especial hincapié en la prevención del fracaso
escolar.
3. Facilitar la toma de decisiones respecto a su
futuro académico y profesional.
- Un objetivo prioritario, la promoción de
la cultura de la paz y no violencia y la mejora de la convivencia en el Centro.
- La tutoría y la orientación son parte
esencial de la función docente. La función tutorial y orientadora del alumnado se
desarrollará a lo largo de todas las etapas y
enseñanzas.
- La organización de la acción tutorial
tendría su concreción en el Plan Anual de
Centro.
- El profesorado que ostente las tutorías
de grupos de Educación Secundaria Obligatoria dedicará
cuatro de las horas de su horario regular o fijo, de las que dos de ellas serán
de horario lectivo.
- Cada Tutor y Tutora de los distintos
grupos de Educación Secundaria del centro programará
anualmente:
1. Los objetivos de la acción tutorial para
su grupo, partiendo de los objetivos generales recogidos en el Plan de
Orientación y Acción Tutorial del centro y del análisis
de necesidades detectadas en el grupo.
2. La programación de la hora dedicada a
actividades con el grupo incluida en el horario lectivo, especificando
objetivos, contenidos, actividades, metodología, evaluación, temporalización y recursos
humanos y materiales.
3. La planificación de entrevistas con las
familias del alumnado de su grupo que realizará en
la hora de su horario regular o fijo que ha de dedicar a esta labor.
4. La planificación de las tareas administrativas
y de las relativas al registro de datos personales y académicos del alumnado que
conforma el grupo.
5. La distribución temporal de las
actividades a realizar en la cuarta hora de su horario fijo lectivo dedicado a
la tutoría.
- Con la finalidad de facilitar el paso de
los alumnos de la Educación Primaria a la Educación Secundaria Obligatoria, los
Departamentos de Orientación, elaborarán un
programa de tránsito, en el que deberán coordinarse acciones dirigidas al alumnado y a las familias,
entre los centros de ambas etapas.
- Al final se realizará una evaluación de la
acción tutorial, dónde se contará con la valoración del profesorado, de los
miembros del departamento y la valoración de la Jefatura de Estudios.
b) La orientación académica y profesional.
- La orientación académica y profesional constituye el
conjunto de actuaciones realizadas con todo el alumnado del Centro tendentes a:
1. Favorecer el autoconocimiento de los alumnos y alumnas para
que conozcan y valoren sus propias capacidades, motivaciones e intereses de una
forma ajustada y realista.
2. Facilitar las estrategias para la toma de decisiones de los
alumnos y de las alumnas respecto a su futuro profesional y a la elección de un
itinerario académico ajustado a sus intereses, actitudes y capacidades.
3. Ofrecer información sobre las distintas opciones
formativas al término de la Educación Secundaria Obligatoria y de todas las
otras enseñanzas que se impartan en el
Centro al alumnado y a las familias.
4. Establecer los mecanismos para que el alumnado acceda al
conocimiento del mundo del trabajo, las ocupaciones y los procesos que
favorecen la transición a la vida activa, la inserción laboral y la formación a
lo largo de la vida.
- Cada uno de los programas de orientación académica y
profesional seleccionados deberán contener,
como mínimo, los siguientes apartados:
1. Diagnóstico de
necesidades.
2. Objetivos concretos.
3. Actividades a desarrollar establecidas por niveles y especificando.
- Si en el centro hubiera profesorado de Formación y Orientación
Laboral, éste podrá dedicar parte de su horario lectivo,
a la realización de actividades relacionadas con la información y orientación sobre
itinerarios formativos y profesionalizadores y sobre inserción socio laboral,
incluyendo la promoción del carácter emprendedor,
en los grupos de las otras enseñanzas que
se impartan en el centro distintas a la Formación Profesional Específica.
- Se realiza una evaluación anual, llevada a cabo por el
profesorado, por los orientadores o por agentes externos.
c) La atención a la diversidad.
- Los objetivos generales para la atención a la diversidad
en relación con el Departamento de Orientación.
1. Los criterios para
la atención del alumnado por parte de los distintos miembros del Departamento
de Orientación.
2. Los procedimientos para la coordinación y el asesoramiento
al profesorado en las medidas de atención a la diversidad.
3. Las actuaciones del Departamento de Orientación en
relación con las medidas de atención a la diversidad.
4. La planificación y organización de los apoyos, dentro y
fuera del aula ordinaria.
5. Estrategias de colaboración con las familias del alumnado
beneficiario de las medidas de atención a la diversidad.
6. La organización y utilización de los recursos personales y
materiales de que dispone el Departamento de Orientación en relación con la
atención a la diversidad.
7. Los procedimientos para el seguimiento y la evaluación de
las actividades desarrolladas.
- El jefe del departamento de orientación asesorará en el
proyecto curricular de atención a la diversidad y el profesorado se encargará
de las adaptaciones.
- El orientador participará en la selección del alumnado que
participará en el programa de diversificación.
- La programación de la tutoría específica de diversificación
deberá realizarse priorizando los siguientes
objetivos:
1. Realizar un seguimiento del proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado.
2. Desarrollar la motivación y el interés del alumnado por
las actividades académicas.
3. Reforzar aspectos complementarios al proceso de enseñanza y aprendizaje, como procesos cognitivos y técnicas de trabajo intelectual.
4. Mejorar aspectos relacionados con el desarrollo personal como
habilidades sociales, integración en el grupo y en el Centro.
5. Realizar un seguimiento del proceso de evaluación del
alumnado que cursa el programa.
-En el caso de que el Centro decida elaborar un Plan de
compensación educativa, el Departamento de Orientación asesorará a los distintos órganos en
la elaboración de dicho plan, especialmente en
las medidas específicas de carácter psicopedagógico.
- El orientador del centro asesorará en las distintas
medidas de apoyos y refuerzos que se vayan a llevar a cabo, y se evaluará la
selección del alumno según el tipo de apoyo o refuerzo que necesite.
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